lunes, septiembre 15

Reglamento Interno

REGLAMENTO DE TIMBÓ FM 96.9
LA RADIO COMUNITARIA DE SAN JOSÉ
…TENDIENDO PUENTES TEJIENDO LAZOS…

San José, Junio de 2007

De la Organización General:
1. Timbó es miembro afiliado de AMARC desde sus comienzos.
2. En la asamblea del 2do domingo de diciembre de 2006 se resolvió por mayoría mantenernos dentro del marco legal (apoyando el proyecto de ley de medios de comunicación comunitarios y continuar perteneciendo a AMARC)
3. Cada integrante del colectivo de FM TIMBÓ tendrá la responsabilidad de participar (además de los programas) de una o varias funciones que serán discutidas y decididas en el plenario mensual.
4. No realizará proselitismo religiosos o político partidario y estimulará la participación y la integración social sin discriminación de ningún tipo.
5. La radio no será utilizada para beneficio propio, de terceros o grupos de cualquier tenor.
6. El capital acumulado no será ni podrá convertirse en patrimonio de sus miembros.
7. Ningún miembro del colectivo será remunerado por su trabajo al igual que todas las personas que realicen programas u otra actividad dentro del colectivo radial. Por lo tanto será de carácter honorario y no existirá reclamo alguno.
8. Serán remunerados lo que el colectivo considere que son prestadores de otros servicios. Se entiende por tal a aquellos que están fuera de la organización colectiva.
9. No podrán prestar ningún tipo de servicios remunerados personas pertenecientes al colectivo de TIMBÓ, como tampoco podrán ser contratados u obtener cualquier tipo de beneficio por adjudicación de cualquier índole.
10. Todo dinero recibido por socios colaboradores, donaciones u otras fuentes no será reintegrado a aquellos que decidan retirarse o desvincularse de la actividad sin importar los motivos que llevaron a tal decisión.
11. Aquellos integrantes que al retirarse o luego de la desvinculación del colectivo realizaran declaraciones o actos comprobados en los cuales desvirtuaran, manipularan o ultrajaran el buen nombre de la radio, sus principios éticos, su legitimidad o integridad colectiva no podrán participar de ninguna forma en la propuesta radial o cualquiera dependiente de ésta.
12. Toda decisión o norma no podrá contradecir, afectar o violentar los principios y reglamento de TIMBÓ. Las mismas serán competencia exclusiva del colectivo de la radio.
13. En cada reunión se dejará constancia por medio de un acta documentada de los temas tratados, las resoluciones, la firma de los presentes y la lista de los ausentes

Del Funcionamiento:
1. Timbó funciona organizadamente mediante:
a) Plenarios en los 2do domingos de cada mes como órgano máximo de la radio.
b) Comisiones que se votan en los plenarios de acuerdo a las necesidades y momentos por los que la radio atraviesa.
c) Cada integrante de la radio podrá participar con voz y con voto en los plenarios y podrá integrar las comisiones que desee.
d) Cada programa tendrá integrantes que serán responsables únicos por sus dichos y opiniones al aire, de hacer respetar y cumplir los principios de AMARC, de TIMBÓ y este reglamento.
e) Luego de 3 faltas no justificadas dentro de 1 año a los plenarios se suspenderá de la posibilidad de voz y voto. De continuar con dichas faltas, automáticamente se suspenderá a ese integrante de cualquier participación en el colectivo (plenarios, comisiones, programas, etc) hasta nueva resolución del plenario.
f) Cada integrante podrá participar en calidad de conductor hasta un máximo de 2 programas.
g) Los programas podrán ser emitidos más de una vez por semana siempre y cuando el horario y el voto por mayoría del plenario lo permitan.
h) Cada integrante podrá tomar decisiones de carácter urgente sin contradecir los principios y reglamentos de TIMBO a favor del colectivo radial que por diversos motivos no hayan sido contemplados en los respectivos espacios de la organización radial. Él mismo, con motivo justificado, dará cuenta al plenario sobre las razones que motivaron su decisión. El plenario resolverá.

De los ingresos:
1. Las nuevas propuestas serán presentadas por escrito en las cuales constarán entre otros: fundamento por el cual se muestre el interés por participar de este colectivo, objetivos, público al cual se orienta, horario, nombre del mismo, integrantes y responsables del mismo.
2. Serán presentados por un integrante estable de FM TIMBÓ o en su defecto resolverá la comisión respectiva, la que luego informará al plenario para la resolución definitiva.
3. Las/os menores de 18 años que presenten propuestas de programa deberán contar con el conocimiento de sus padres o tutores
4. Se exigirá la participación en otros programas en el período de pre-ingreso.
5. Deberá estar de acuerdo con los principios de FM TIMBÓ, AMARC y el actual reglamento.
6. Las personas responsables de los programas serán responsables de todos los contenidos de los mismos y de la difusión en cualquier formato (oral, escrito e imagen)
7. Los conductores y operadores son responsables del cuidado de todos los bienes de la radio así como del orden y del clima grupal mientras se desarrolla el programa.
8. Ningún programa podrá recibir dinero o expensas de comercios, empresas o de otra fuente por publicidad en sus programas.
9. El plenario dará ingreso a la nueva propuesta con el voto de mayoría simple de los presentes del plenario mensual.

De las prohibiciones
1. Conducir o participar de un programa bajo los efectos de cualquier sustancia psicoactiva.
2. Fumar dentro de la radio.
3. Realizar cualquier tipo de propaganda político partidaria o religiosa sea directa o indirecta.
4. Sustraer, vender, prestar o utilizar en beneficio propio y por cualquier motivo bienes de la radio sin consentimiento del colectivo.
5. Emitir al aire contenidos ideológicamente discriminatorios de cualquier índole.
6. Los responsables de cada programa no podrán realizar publicidad directa o indirecta en sus espacios.
7.

De los ingresos económicos:

1. Timbó tiene socios colaboradores quienes realizan aportes solidarios en forma mensual.
2. Cada integrante de la radio aportará una colaboración de $...... en forma mensual votados por el plenario o el equivalente en cuotas de socios colaboradores.
3. La colaboración económica comercial será recaudada por una sola persona o en caso contrario por personas elegidas por unanimidad del colectivo radial.
4. El recaudador no pertenecerá al colectivo de TIMBÓ y su remuneración será votada por el colectivo.
5. El recaudador entregará en tiempo y forma al tesorero, los dineros con la copia de los recibos firmados por los colaboradores y planilla correspondiente.
6. El colectivo no podrá vender o arrendar espacios y los responsables de los programas no podrán percibir dinero alguno o equivalente (cualquier tipo de mercadería o producto) de parte de terceros en sus espacios.
7. En beneficios organizados por el colectivo de Timbó, la asamblea resolverá que personas colaborarán con el tesorero; quienes serán responsables de lo recaudado y de la correspondiente rendición de cuentas en la próxima asamblea.

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